Nueva disposición de ANMAT: así serán los envases de medicamentos en Argentina desde ahora
La ANMAT estableció la implementación obligatoria de un código QR o sistema bidimensional en todos los empaques de remedios que se distribuyen en el país. La disposición 2891/2026, difundida mediante el Boletín Oficial, determina que esta herramienta tecnológica debe figurar en el embalaje secundario del producto, con la opción de incluirse también en el envase que mantiene contacto directo con la sustancia.
Según explicaron desde la administración sanitaria, el propósito central de esta innovación es facilitar que tanto usuarios como especialistas médicos obtengan versiones digitales y actualizadas de los prospectos, eliminando así el uso de documentos obsoletos. Esta normativa rige para la totalidad de las especialidades medicinales, sin importar su procedencia o si requieren receta para su adquisición.
El organismo regulador otorgó un periodo de seis meses para que las empresas farmacéuticas desarrollen los enlaces correspondientes, aclarando que la aplicación en los cartones será gradual para permitir el consumo de las existencias actuales. Bajo estándares de trazabilidad internacional como GS1, estos sistemas podrán ser impresos o añadidos mediante sellos que impidan falsificaciones.
La ANMAT remarcó que el acceso digital debe dirigirse únicamente a datos sanitarios aprobados, quedando terminantemente prohibido el uso de estos escaneos para fines publicitarios o promocionales. Además, la entidad de control responsabiliza a los titulares de los registros por la veracidad y el funcionamiento de los repositorios virtuales donde se aloje la información.
Con la entrada en vigencia de esta medida, la ANMAT dejó sin efecto regulaciones previas que solo contemplaban esta tecnología para fármacos sintéticos. Es importante destacar que, para asegurar la inclusión de personas sin dispositivos móviles, la resolución mantiene el requisito de incluir el prospecto en papel dentro de las cajas.
Por otro lado, la institución también notificó restricciones en el área de cosmética, prohibiendo el uso de óxido de difenil fosfina y N,N-dimetil-p-toluidina en productos como esmaltes de uñas. Esta actualización de sustancias prohibidas responde a convenios del Mercosur integrados a la normativa local, reforzando la vigilancia sobre componentes químicos en artículos de higiene y estética personal.


