Qué dice la ley y desde cuándo aplican multas si usás el celular aunque el auto esté detenido
El uso de dispositivos móviles durante la conducción de automóviles representa una de las principales causas de distracción al volante, motivando un marco regulatorio estricto con severas multas tanto en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 como en el Código de Tránsito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La normativa vigente establece que la prohibición de manipular teléfonos celulares o utilizar auriculares no se limita exclusivamente al vehículo en movimiento.
Por el contrario, la sanción es plenamente aplicable cuando el conductor se encuentra al mando en situación de circulación, lo que incluye los momentos de detención momentánea frente a la luz roja de un semáforo, durante un congestionamiento o al frenar en doble fila. La premisa legal sostiene que, mientras el sujeto permanezca al mando de la unidad en la vía pública, su responsabilidad sobre la seguridad vial debe ser absoluta.
En términos técnicos, el artículo 48 de la ley nacional veta expresamente el uso de sistemas de comunicación de operación manual continua, clasificando esta conducta como una falta grave. Esto habilita no solo la aplicación de esta penalidad económica, sino también la retención preventiva de la licencia de conducir. En el ámbito porteño, el valor de las multas por esta infracción equivale a 100 Unidades Fijas (UF), monto que se fiscaliza mediante agentes y cámaras inteligentes.
Estas tecnologías registran la manipulación del dispositivo en el habitáculo, permitiendo labrar actas de multas incluso si el motor está encendido pero el coche no se desplaza, dado que el uso del celular reduce drásticamente la capacidad de reacción ante emergencias.
La única excepción para utilizar el teléfono sin incurrir en este castigo financiero ocurre cuando el vehículo está correctamente estacionado, fuera del flujo de la calzada y con el motor apagado. Respecto a los sistemas de «manos libres», la legislación no establece una prohibición taxativa siempre que no impliquen manipulación manual; no obstante, el sistema de multas sigue vigente para quienes retiran la vista del camino.
Finalmente, jurisdicciones como Mendoza aplican criterios aún más severos, reforzando la tendencia hacia una tolerancia cero respecto a las interferencias tecnológicas durante el manejo mediante la aplicación de multas rigurosas.

