La Cámara del Trabajo restableció 82 artículos de la reforma laboral tras la apelación del Gobierno Nacional
La Cámara del Trabajo resolvió este miércoles revocar el fallo que había suspendido 82 artículos de la reforma laboral aprobada este año en el Congreso. La medida devuelve plena vigencia a los puntos cuestionados de la Ley de Modernización Laboral (N°27.802), que habían quedado frenados por una cautelar dictada en primera instancia por el juez nacional Raúl Ojeda.
La decisión fue adoptada por la Sala VIII del tribunal, que dispuso que la apelación presentada por el Estado tenga «efecto suspensivo» sobre la ley de modernización. Esto significa que la medida cautelar previa queda sin efecto mientras continúe el trámite judicial, restableciendo la aplicación de los artículos de la reforma laboral en todo el territorio nacional.
La cautelar original había sido solicitada por la CGT, que argumentó que la reforma vulneraba principios constitucionales como la progresividad laboral y la protección del trabajador. El planteo sindical buscaba frenar la implementación de cambios que, según su postura, debilitaban derechos adquiridos y generaban un retroceso en las condiciones de empleo.
Con este fallo, la Justicia otorga al Gobierno un respaldo clave para avanzar en la aplicación de las normativas, que incluyen modificaciones en contratos, licencias y modalidades de trabajo. La resolución también marca un precedente en el debate judicial sobre la constitucionalidad de la norma, que seguirá siendo analizada en instancias superiores.
El restablecimiento de los artículos refuerza la estrategia oficial de consolidar la modernización del mercado laboral, mientras los gremios anticipan que profundizarán sus reclamos en la vía judicial y política. En este escenario, la reforma laboral vuelve a ocupar el centro de la agenda nacional, aunque se esperan ataques opositores en las próximas semanas.
Reforma laboral: incentivos para la formalización del empleo
La Ley de Modernización Laboral establece beneficios para empleadores que contraten trabajadores sin empleo registrado, monotributistas o provenientes del sector público. El Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) reduce las contribuciones patronales hasta por 48 meses, con alícuotas mucho más bajas que las actuales.
Además, se creó el Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER), que permite regularizar relaciones laborales deficientes o no registradas con condonación de deudas y facilidades de pago. Los trabajadores incluidos podrán computar aportes para acceder a prestaciones básicas, mientras los empleadores obtienen reducciones de hasta el 70 % en obligaciones adeudadas.

