La Justicia intimó al Gobierno a implementar la ley de Emergencia en Discapacidad y puso una fecha límite
En un fallo de alto impacto institucional, el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, intimó al Gobierno a reglamentar y poner en plena vigencia la Ley de Emergencia en Discapacidad antes del próximo 4 de febrero. La resolución judicial anula el artículo II del Decreto 681/25, mediante el cual el presidente Javier Milei había suspendido la aplicación de la norma bajo el argumento de que el Congreso no había especificado las partidas presupuestarias para su financiamiento.
El magistrado consideró que dicha suspensión constituyó un «veto encubierto» y una violación a la división de poderes, dado que la ley ya había sido ratificada por ambas cámaras legislativas con una mayoría de dos tercios tras un veto total previo del jefe de Estado.
La decisión del juez Adrián González Charvay responde a un amparo colectivo presentado por asociaciones civiles y padres de niños con discapacidad, quienes denunciaron una discriminación estructural y la vulneración de tratados internacionales. El fallo desestima la falta de recursos alegada por la gestión de Javier Milei, señalando que el Ejecutivo realizó más de diecinueve modificaciones presupuestarias discrecionales para otras áreas mientras mantenía desfinanciada esta normativa de protección.
Según el magistrado, el Estado posee la capacidad jurídica y económica para cumplir con la Ley de Emergencia en Discapacidad
La implementación de este marco regulatorio de urgencia, que ahora recupera su validez absoluta, obliga al Estado a regularizar deudas con prestadores de salud y actualizar mensualmente los aranceles del sistema de prestaciones básicas. Asimismo, la Ley de Emergencia en Discapacidad exige la actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD) bajo criterios integrales y reforma el sistema de pensiones no contributivas con financiamiento adecuado.
Aunque el Gobierno de Javier Milei tiene la posibilidad de recurrir ante la Cámara Federal de San Martín, el fallo del líder libertario de Campana establece que, actualmente, los damnificados tienen el derecho de exigir la aplicación inmediata de los beneficios contemplados en esta ley votada por el Congreso Nacional.


