La Justicia dispuso la internación de Pity Álvarez por 90 días

La Justicia dispuso la internación de Pity Álvarez por 90 días



Buenos Aires, 29 septiembre (NA) — La Justicia dispuso la internación de Cristian «Pity» Álvarez por 90 días debido a que se lo considera como un riesgo para sí mismo y para terceros, confirmaron a la agencia Noticias Argentinas.

El Área de Salud Mental de la Clínica Dharma evaluó al músico el pasado 23 de septiembre en el Hospital Tornú y, de acuerdo al análisis, «presenta riesgo cierto e inminente para si y/o terceros».

«Debido al cuadro de abuso y dependencia de múltiples sustancias psicoactivas, que le condicionan la conducta en forma patológica, generando un cuadro de descompensación psicótica aguda, pérdida de valores preventivos y conductas de riesgo, se evaluó la existencia de criterio de internación psiquiátrica por presentar riesgo cierto e inminente para si y/o terceros«, destaca el escrito al que accedió este medio.

El Juzgado Civil N°4 recibió el informe y, en atención a la evaluación ordenada y lo que resulta del escrito, «con el fin de garantizar el derecho a la salud y la integridad psíquica y física de la persona, su recuperación, rehabilitación y reintegración social», se convalidó la internación de Cristian Gabriel Álvarez Congiú en el Hospital Tornú.

Se remarcó que el director del Hospital Tornú «deberá informar cada treinta días la evolución del paciente, así como cualquier otro dato de interés para las presentes». 

El funcionario deberá arbitrar los medios de seguridad pertinentes para evitar el abandono de tratamiento, así como también que, hasta no obtener el alta médica, «desde ese hospital solo puede egresar vía derivación a otro efector de salud que le brinde su obra social, en ambulancia y acompañado por familiar responsable, hasta el efectivo ingreso a otro dispositivo que le sea indicado».

En la medida judicial se añade que, si el paciente se encuentra en buen estado para un traslado a una institución especializada para su salud mental y problemática extensa de consumo, estará obligado a que haya una vacante en alguna institución prestadora de su Obra Social o vía convenio.

«Caso contrario -que aún no se halle en condiciones médicas de ser derivado- hágase saber que se tendrá que reservar una vacante a favor del nombrado en una institución/dispositivo acorde a su diagnóstico de salud mental y considerando sus otras patologías clínicas, a la cual podrán trasladarlo aún pese a su negativa», concluye la resolución del Juzgado.

Agencia NA



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