La Corte dejó firme la condena a cuatro años para un ex secretario judicial que espió a su esposa

La Corte dejó firme la condena a cuatro años para un ex secretario judicial que espió a su esposa



Buenos Aires, 27 agosto (NA) – La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena a cuatro años de prisión contra el ex secretario judicial Pablo Carlos Molina, acusado de ordenar la intervención ilegal de las líneas telefónicas de su esposa y de un presunto amante para determinar si la mujer le era infiel.

Con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal rechazó por inadmisible el recurso de queja presentado por la defensa y dejó firme la condena por los delitos de abuso de autoridad y falsedad ideológica.

El caso fue analizado durante un juicio oral realizado en Corrientes, donde se determinó que Molina sospechaba que su esposa mantenía una relación extramatrimonial.

Según la acusación, el entonces secretario judicial, junto con el ex juez federal Carlos Vicente Soto Dávila, utilizó una investigación por narcotráfico para librar un oficio mediante el cual se ordenaron las escuchas de los teléfonos de su esposa y del hombre señalado como su supuesto amante.

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La maniobra salió a la luz en marzo de 2019, cuando personal judicial que realizaba un relevamiento encontró 28 discos compactos que contenían las comunicaciones interceptadas ilegalmente entre el 18 de septiembre y el 1° de octubre de 2014.

En buena parte de las grabaciones aparecía el propio Molina hablando con su pareja y profiriéndole insultos y amenazas. El tribunal correntino se declaró incompetente respecto de esos hechos y los remitió a la Justicia de Chaco, donde residían Molina y la mujer, para que fueran investigados.

Para cuando se descubrieron las escuchas, Molina ya había sido apartado de la Secretaría Penal N.º 2 del Juzgado de Corrientes por decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de esa provincia.

El ex funcionario estaba además investigado en otra causa en la que posteriormente fue condenado junto a Soto Dávila por favorecer a narcotraficantes en el marco de una asociación ilícita.

En 2025, el Tribunal Oral Federal de Corrientes condenó a Molina a cuatro años de prisión por las escuchas ilegales y, en abril de 2026, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la sentencia.

La defensa intentó llevar el expediente ante la Corte al argumentar que se habían vulnerado la defensa en juicio, el debido proceso y el principio de in dubio pro reo. Sin embargo, el máximo tribunal desestimó el planteo por inadmisible mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, por lo que la condena quedó firme.

Agencia NA



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