El Gobierno apela el fallo judicial que ordena aplicar la Ley de Emergencia en Discapacidad, en plena tensión política
El Gobierno nacional presentó una apelación contra el fallo judicial que le ordenó ejecutar de manera inmediata la Ley de Emergencia en Discapacidad, en un escenario marcado por una fuerte tensión política y parlamentaria. La resolución cuestionada había declarado inválido un artículo de un decreto presidencial que suspendía la vigencia de la norma sancionada por el Congreso el año pasado, lo que abrió un nuevo frente de conflicto entre el Poder Ejecutivo y la Justicia.
El recurso fue concedido por el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, y ahora deberá ser analizado por la Cámara Federal de San Martín. La apelación fue impulsada por la Procuración del Tesoro de la Nación, que sostuvo que la decisión judicial genera un perjuicio institucional y económico para el Estado nacional. El magistrado otorgó efecto devolutivo al recurso, por lo que el fallo seguirá vigente mientras se sustancia la revisión, y fijó un plazo de cinco días para que el Gobierno fundamente formalmente su presentación.
La decisión judicial original, dictada el 12 de diciembre, declaró la invalidez del artículo 2 del decreto 681/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo había suspendido la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad con el argumento de que no existían partidas presupuestarias específicas para su financiamiento. En su resolución, González Charvay ordenó la aplicación inmediata de la norma en todo el territorio nacional y advirtió que la cláusula suspensiva vulneraba el sistema republicano y el mandato constitucional.
El juez sostuvo que subordinar una ley sancionada por el Congreso a una reglamentación de menor jerarquía resulta incompatible con la Constitución. Además, rechazó el argumento presupuestario del Ejecutivo al señalar que la propia ley faculta al Jefe de Gabinete a reasignar partidas, por lo que calificó la justificación oficial como engañosa y carente de sustento jurídico.
El fallo también cuestionó la selectividad en el uso de decretos para modificar el presupuesto, al remarcar que el Gobierno recurrió a ese mecanismo en otras áreas, pero no en el caso de la emergencia en discapacidad. Según el magistrado, convalidar esa conducta implicaría avalar una asignación discriminatoria de recursos públicos.
En sus fundamentos, la resolución advirtió que la suspensión de la ley afecta de manera directa a personas con discapacidad, así como a niños y adultos mayores, profundizando una situación de vulnerabilidad extrema. El juez describió una pérdida sostenida del poder adquisitivo de las prestaciones y una degradación en la calidad y continuidad de los servicios esenciales.Además, enfatizó que garantizar la Ley de Emergencia en Discapacidad es un mandato inmediato del Estado, y no puede postergarse a presupuestos futuros.
La sentencia también invocó el principio de no regresividad en materia de derechos humanos y descartó como solución válida la eventual inclusión de fondos en el Presupuesto 2026, al considerar que la emergencia requiere respuestas inmediatas. Mientras la causa avanza en la Cámara Federal, el conflicto permanece abierto tanto en el plano judicial como en el político.


