Alivio en el impuesto a las ganancias: qué trámite hacer hoy antes de que cierre el plazo y cómo recuperar montos
Los empleados bajo relación de dependencia y los beneficiarios previsionales que percibieron retenciones por el impuesto a las ganancias durante el ciclo 2025 cuentan con un plazo límite hasta las 23:59 de este martes 31 de marzo para registrar sus deducciones y recuperar montos excedentes. Este procedimiento de alivio fiscal resulta esencial para informar cargas familiares, servicios de salud, alquileres y cuotas educativas, lo que habilita a las empresas a efectuar una liquidación a favor del trabajador.
Según las directivas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), anteriormente conocida como AFIP, la gestión se realiza íntegramente de forma virtual mediante la plataforma Siradig-Trabajador. De no completarse la presentación antes de la medianoche, los contribuyentes omitirán la posibilidad de que tales gastos se integren en el balance anual que impactará en los haberes de abril, a cobrarse generalmente a inicios de mayo.
El sistema para recuperar montos contempla además el reintegro de las percepciones por adquisición de divisas y consumos efectuados en el exterior con tarjetas de crédito o débito durante el año previo. Al ingresar al portal oficial, es imperativo seleccionar el periodo fiscal 2025 y detallar la información del empleador, consignando quién actúa como agente de retención en situaciones de pluriempleo para este impuesto a las ganancias.
Entre los conceptos que reducen la carga impositiva de este tributo sobre los ingresos, se destacan los hijos menores de 18 años, con un deducible de $2.140.852,77 cada uno, y el cónyuge sin ingresos propios por un valor de $4.245.166,13. Asimismo, la normativa permite descontar el 40% de los alquileres de vivienda y los gastos destinados a la formación de hijos de hasta 24 años, con un tope fijado en $1.803.002,20.
Un requerimiento fundamental en este proceso de impuesto a las ganancias consiste en validar la vista previa y ejecutar el envío formal al empleador, dado que la falta de esta acción impide que la empresa visualice los datos cargados. Por otro lado, desde la Anses indicaron a medios locales como La Nación que, en el caso de los jubilados, la devolución podría verse reflejada entre los meses de mayo y junio debido a los tiempos administrativos de procesamiento de este gravamen cedular.
Al declarar estos ítems, el cálculo definitivo se ajusta a parámetros más favorables para el usuario, logrando que las retenciones excedentes se acrediten de manera directa en su cuenta bancaria. De esta manera, el trámite actúa como una herramienta de regularización frente a la presión tributaria del ejercicio pasado.


