La Corte Suprema rechazó el pedido del Gobierno por la reforma laboral
La Corte Suprema de Justicia desestimó la solicitud de per saltum presentada por el Poder Ejecutivo, la cual pretendía una definición inmediata sobre la constitucionalidad de la reforma laboral sancionada por el Congreso el 28 de febrero. Pese a este escenario adverso para la estrategia jurídica oficialista, la normativa continúa en plena vigencia.
El máximo tribunal calificó como inadmisible el requerimiento de la Procuración del Tesoro, fundamentando, según indicaron fuentes judiciales a La Nación, que la intervención resulta inoficiosa debido a que el expediente ya se encuentra bajo análisis en las cámaras de apelaciones del fuero Laboral y Contencioso Administrativo. Al haber superado la etapa de primera instancia, la normativa procesal vigente impide técnicamente el salto de etapa solicitado.
La resolución, que contó con las firmas de los magistrados Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, puntualizó que el recurso no cumple con las exigencias del Código Procesal Civil y Comercial, ya que esta vía extraordinaria se reserva exclusivamente para sentencias definitivas de primera instancia o medidas cautelares.
El portal informativo destacó que previamente, el magistrado de grado Horacio Ojeda había declarado la invalidez de 81 artículos de la ley de modernización laboral, pero dicho fallo fue revocado por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Tras esta reactivación de la reforma, la Corte Suprema determinó que el proceso debe seguir su curso natural en las cámaras correspondientes antes de llegar a la instancia judicial superior.Desde la Confederación General del Trabajo (CGT) cuestionaron la postura del alto tribunal, sosteniendo que la causa debería ser resuelta por especialistas en derecho laboral y no por el fuero Contencioso Administrativo Federal.
La central obrera fundamentó su reclamo por la especificidad de la materia y recordó que aún deben resolverse las recusaciones de los jueces Pesino y González, quienes restituyeron la vigencia de la ley. En caso de que se profundice el conflicto de incumbencia entre fueros, la Corte Suprema deberá intervenir únicamente para dirimir la competencia, sin pronunciarse sobre la validez de fondo de la reforma impulsada por Balcarce 50.

