Transferencias bajo la lupa de ARCA: qué no hacer para evitar sanciones en diciembre de 2025
La ARCA reforzó en diciembre de 2025 los controles sobre transferencias bancarias y movimientos en billeteras virtuales, en el marco del cierre fiscal del año. Aunque se trata de operaciones cotidianas, ciertas prácticas pueden activar alertas automáticas y derivar en pedidos de información, inspecciones o sanciones por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
El foco del organismo está puesto en garantizar la trazabilidad del dinero y prevenir maniobras irregulares. Por ese motivo, tanto personas físicas como jurídicas deben extremar cuidados al realizar transferencias, incluso entre cuentas propias, para no quedar bajo observación de la autoridad fiscal.
Entre las conductas que pueden generar inconvenientes se encuentra la falta de respuesta ante requerimientos de bancos o plataformas digitales. Si una entidad solicita justificar el origen de los fondos, el contribuyente está obligado a presentar la documentación respaldatoria dentro de los plazos establecidos. El incumplimiento puede derivar en reportes de operaciones sospechosas ante la Unidad de Información Financiera (UIF), que luego son analizados por ARCA.
Otro punto clave es contar con respaldo documental del dinero transferido. ARCA puede exigir comprobantes que acrediten el origen de los fondos, aun cuando se trate de movimientos entre cuentas del mismo titular. La ausencia de registros o la falta de declaración previa de los ingresos suele ser uno de los principales disparadores de fiscalizaciones.
También genera alertas exceder los montos establecidos sin una justificación válida. En diciembre de 2025, los topes mensuales vigentes para personas físicas alcanzan los $50.000.000 en transferencias, acreditaciones, saldos bancarios y operaciones en billeteras virtuales. Para personas jurídicas, el límite es de $30.000.000. En tanto, las extracciones de efectivo no pueden superar los $10.000.000 mensuales y las compras como consumidor final tienen el mismo tope.
Cuando estos límites son superados, las entidades financieras deben informar la operación al organismo recaudador. A partir de ese aviso, ARCA puede requerir documentación como recibos de sueldo, declaraciones juradas impositivas, facturas, comprobantes previsionales o constancias de transferencias anteriores, con el objetivo de verificar que el origen del dinero sea lícito.
Si el contribuyente no logra justificar los fondos, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero está facultada para aplicar multas, iniciar ajustes fiscales e incluso disponer el bloqueo temporal de las cuentas involucradas.
En el caso de operaciones en moneda extranjera, los montos se convierten a pesos según la cotización tipo comprador vigente. Para criptomonedas, se toma como referencia el último valor informado por el sujeto obligado. Ante este escenario, especialistas recomiendan mantener ordenada la documentación y consultar con un asesor fiscal antes de realizar transferencias significativas.
