Reforma Laboral: cómo será el nuevo sistema de horas extras
El proyecto de Reforma Laboral 2026, denominado por el oficialismo como «Modernización laboral», busca actualizar la Ley de Contrato de Trabajo N°20.744 de 1976 con cambios que impactan directamente en la relación entre empleadores y trabajadores. Uno de los puntos más relevantes es la introducción del «banco de horas», que modifica la forma en que se contabilizan y compensan las horas extras.
La iniciativa del Gobierno Nacional plantea que el empleador y el empleado puedan ponerse de acuerdo voluntariamente un régimen de compensación de horas, algo que siempre deberá quedar registrado por escrito y con un control que no exceda las horas para ningún lado. Lo que no cambia en la Reforma Laboral es que debe haber un mínimo de 12 horas entre jornadas para descansar y 35 horas semanales, pero ahora estará la chance de compensar días más largos con otros más cortos.
El nuevo artículo 198 permite que convenios colectivos y contratos individuales definan métodos de cálculo de la jornada máxima, adaptándose a las necesidades productivas. Esto abre la puerta a una mayor flexibilidad en la organización del trabajo, con regímenes que incluyen horas extras, francos compensatorios y el banco de horas como herramienta central.
Sin embargo, el Centro de Estudios de Política Argentina (CEPA) advierte que el sistema podría derivar en jornadas de hasta 12 horas y en la pérdida del pago adicional por horas extras. Según el organismo, los trabajadores sabrían cuándo ingresan pero no cuándo terminan, mientras los empleadores podrían extender o reducir las jornadas según su conveniencia, respetando únicamente los descansos mínimos.
En este contexto, la Reforma Laboral genera un intenso debate: mientras el Gobierno la presenta como una modernización necesaria para acompañar nuevas modalidades de producción, especialistas y sindicatos alertan sobre un retroceso en derechos laborales.
Reforma laboral: cambios en licencias por enfermedades y accidentes no laborales
La Reforma laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei introduce modificaciones en el régimen de licencias y pagos ante enfermedades o accidentes ocurridos fuera del ámbito laboral. El nuevo esquema fija porcentajes de salario a cobrar y plazos definidos según si el hecho se produjo por una acción voluntaria riesgosa o no, y si el trabajador tiene personas a cargo.
El artículo 208 establece que, en casos de actividades voluntarias con riesgo para la salud, el trabajador cobrará el 50% del salario por tres meses si no tiene dependientes y seis meses si los tiene. En situaciones sin conducta riesgosa, la cobertura será del 75% del sueldo bajo los mismos plazos, manteniéndose el derecho al cobro incluso si el empleador dispone una suspensión económica o disciplinaria.

