Menos papel y más participación: autorizan firmas digitales para presentar proyectos ciudadanos
La Cámara Nacional Electoral convalidó el uso de un entorno virtual diseñado para recopilar firmas digitales destinadas al aval de proyectos ciudadanos, en consonancia con la Ley de Iniciativa Legislativa Popular. Esta disposición del tribunal favorece a la organización no gubernamental Plan País Argentina y materializa un avance práctico para la puesta en marcha de la prerrogativa contenida en el artículo 39 de la Constitución Nacional.
El dictamen, refrendado de manera unánime por los magistrados Alberto Dalla Via, Santiago Corcuera y Daniel Bejas, determinó que la presentación de propuestas de ley ante la Cámara de Diputados representa una herramienta de democracia semidirecta cuya aplicación no debe verse restringida por impedimentos de índole técnico o instrumental, por lo que resulta viable incorporar estructuras modernas, seguras y fiscalizables.
El órgano electoral aludió a su propio recorrido institucional en la actualización de los comicios y la inserción de herramientas tecnológicas en la gestión de expedientes. El software convalidado servirá para que la población exprese su adhesión remota a la propuesta impulsada por la mencionada entidad civil. Según lo establecido en la sentencia, el mecanismo informático asegurará la verificación de la identidad de los aportantes, la legitimidad de las rúbricas electrónicas, el seguimiento y la inviolabilidad de los datos, logrando un estándar de certidumbre que iguala o supera al de los documentos físicos tradicionales.
Las firmas digitales operarán de forma accesoria a los registros impresos tradicionales y su implementación se aprobó bajo la modalidad de experiencia piloto con el control constante de la secretaría de informática de la institución judicial, resguardando la fiabilidad del procedimiento mediante estos certificados virtuales.
La resolución técnica busca dar cumplimiento a los requisitos de la normativa 24.747, que estipula que este tipo de propuestas comunitarias requiere el respaldo de un porcentaje mínimo equivalente al 1,5 por ciento de la totalidad de los electores de la República Argentina, repartido en un mínimo de seis jurisdicciones diferentes. Con esta convalidación, el tribunal electoral flexibiliza la carga administrativa asociada a la recolección presencial al diversificar las vías de participación e incorporar las firmas digitales dentro del esquema formal de validación normativa del país.


