Rentas extiende hasta el 29 de mayo el Régimen de Regularización de deudas
La Dirección General de Rentas (DGR) recordó que se encuentra prorrogado hasta el 29 de mayo de 2026 el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales, destinado a contribuyentes con obligaciones vencidas y exigibles al 28 de febrero de 2026.
La contadora Karina Delordi, jefa de la División Asistencia al Contribuyente de la DGR, explicó que “en este régimen se pueden incluir todas las deudas vencidas y exigibles al 28 de febrero del 2026 de los tributos provinciales, con sus intereses, recargos y multas”.
Entre los beneficios establecidos por el decreto, la funcionaria destacó “la reducción del 50% de los intereses para los pagos que se realicen de contado”. Además, precisó que “los planes de pago que se formalicen con cuotas a vencer hasta diciembre del 2026 cuentan con una reducción del 40% de los intereses”.
Asimismo, indicó que “para pagos posteriores a diciembre del 2026, la reducción es del 30% de los intereses”.
El régimen también contempla beneficios para deudas en instancia judicial. “Los honorarios de los representantes legales del organismo se encuentran reducidos en un 50%, siempre que no estén dictadas las sentencias, con posibilidad de abonarlos hasta en 12 pagos parciales”, señaló Delordi.
En cuanto a las condiciones de adhesión, informó que “durante este mes se encuentran flexibilizadas”, y explicó que “al momento de solicitar el plan de pagos deben encontrarse cumplidas y abonadas las obligaciones que vencieron a partir del primero de marzo del 2026 y las que vencen en el mes de mayo inclusive”.
Para el caso de los impuestos patrimoniales, detalló que “inmobiliario, automotores y rodados o comunas rurales deben tener abonadas las cuotas de marzo, abril y mayo».
La funcionaria recordó además que “todos los planes de pago que se soliciten durante este mes de mayo tendrán como vencimiento de la primera cuota, o bien del pago de contado, el 15 de junio”.

Sobre la modalidad del trámite, destacó que “la adhesión al régimen es íntegramente online y debe realizarse desde el sitio web del organismo con clave fiscal”.
Asimismo, aclaró que “todos los trámites que se encuentren en gestión administrativa de cobro o en gestión judicial pueden incluirse en el plan de pagos”.
En otro orden, Delordi informó que la DGR habilitó una nueva herramienta digital para agilizar las altas de automotores 0 kilómetros provenientes de otras jurisdicciones. “Esto se realiza a través del sitio web, ingresando a Servicios con Clave Fiscal, luego a Trámites Web y seleccionando la opción Solicitud de Alta de Automotores”, explicó.
Además, recordó que para completar el trámite “deben adjuntar el título del automotor y la factura de compra”.
La DGR también recordó que se encuentra vigente el servicio de pago con tarjeta de crédito para cancelar cuotas de los impuestos Inmobiliario, Automotores y Rodados y de las Contribuciones que Inciden sobre los Inmuebles (CISI Comunas Rurales).
Para efectuar el pago, los contribuyentes deberán utilizar el botón “Click de Pago Crédito” disponible en el sitio oficial del organismo al momento de emitir o generar el formulario correspondiente.
Finalmente, Delordi indicó que “cualquier asesoramiento o información que necesiten los contribuyentes puede solicitarse en las oficinas de la Dirección General de Rentas, a través del call center 381-4503700 o mediante los correos electrónicos disponibles en la página web: www.rentastucuman.gob.ar«.

