El Gobierno ajustó el régimen de armas: nuevos controles y exigencias para civiles
A través del Decreto 306/2026, el Gobierno nacional oficializó hoy una reforma integral a la reglamentación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos, con el fin de actualizar el régimen de armas y equilibrar los controles estatales con el derecho de propiedad. El nuevo esquema para civiles establece que el acceso y la portación no podrán someterse a restricciones desproporcionadas, buscando evitar limitaciones innecesarias para la finalidad de la norma.
Bajo esta actualización, se implementan nuevas exigencias que incluyen la acreditación obligatoria de idoneidad en el manejo de armamento mediante instructores habilitados por el Registro Nacional de Armas (RENAR), además de certificaciones de aptitud física, psíquica y la verificación de ausencia de antecedentes penales.
La normativa redefine categorías y amplía la lista de materiales prohibidos dentro del régimen de armas, incluyendo ahora las escopetas de cañón corto, dispositivos de conversión automática y diversos tipos de proyectiles peligrosos como explosivos, perforantes o incendiarios.
Asimismo, se veta en el ámbito civil el uso de agresivos químicos letales y dispositivos electrónicos diseñados para causar la muerte. En contraste, este marco regulatorio de armamento
Un cambio destacado en la gestión administrativa es la flexibilización para la inscripción de armamento heredado, permitiendo que los familiares registren los bienes acreditando el vínculo sin requerir inicialmente una declaratoria judicial. Respecto a la portación de armas de guerra, el Ministerio de Seguridad Nacional establecerá los parámetros técnicos y de riesgo para autorizarla caso por caso a otros usuarios legítimos dentro del régimen de armas. Según los fundamentos oficiales de este sistema de fiscalización de explosivos, la reforma busca adecuar el marco legal al avance de la tecnología y a las necesidades actuales de los procedimientos judiciales y policiales del país.

