El Gobierno oficializó nuevas pautas para los viajes oficiales de los funcionarios al exterior
A través de la Decisión Administrativa 9/2026 publicada recientemente en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció un nuevo régimen para los viajes al exterior de los funcionarios de la administración pública nacional. La normativa, que lleva las firmas del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y del canciller, Pablo Quirno, tiene como propósito declarado el incremento de la eficiencia en la gestión estatal mediante la simplificación de los circuitos administrativos y la optimización de los procesos internos.
Bajo este nuevo esquema, la autorización de las misiones de ministros, secretarios de la Presidencia y otros funcionarios con jerarquía ministerial queda bajo la órbita directa de la Jefatura de Gabinete, mientras que para el resto de las categorías la aprobación dependerá de los titulares de cada cartera u organismo.
El procedimiento administrativo exige ahora la presentación de un formulario denominado Informe de Planificación de Gestión Internacional, el cual debe ser remitido con al menos diez días hábiles de anticipación a la Jefatura de Gabinete. Este documento requiere el aval conjunto de los funcionarios que se trasladan, siempre que posean rango de subsecretario o superior y de la autoridad competente.
Una de las restricciones más significativas introducidas por el articulado es el límite estricto de las delegaciones, las cuales deberán estar integradas por una única persona por cada actividad internacional. En situaciones donde se considere indispensable ampliar la comitiva, será obligatorio presentar una fundamentación que acredite de manera excepcional la necesidad de sumar más agentes estatales a la misión.
En cuanto a la logística de los traslados, el texto oficial organiza la asignación de pasajes según categorías jerárquicas divididas en grupos. El segmento A, que incluye a los ministros, jefes de las fuerzas de seguridad, el Procurador del Tesoro y el presidente del Banco Central, mantiene la posibilidad de viajar en clase ejecutiva.
Por el contrario, los servidores públicos del nivel B, donde se encuentran los secretarios ministeriales, embajadores y directivos de empresas públicas o del Banco Nación, deberán utilizar clase económica, pudiendo acceder a categorías superiores solo por razones de salud o seguridad debidamente autorizadas. Finalmente, para los grupos C y D, que engloban a directores y al resto del personal estatal, la norma impone el uso exclusivo de pasajes económicos, aclarando que cualquier mejora en la clase del servicio deberá ser costeada por el propio agente.


